Podríamos definirlos como una serie de acciones que debe dar de alta una empresa distribuidora con el objetivo de dar el alta de un suministro de energía. Sin embargo, este concepto también podría aplicarse a la ampliación de un contrato que ya existe.
Vamos a ampliar el concepto a lo largo de las siguientes líneas:
Los derechos de alta son un tipo de percepción económica que las empresas distribuidoras de un servicio energético (normalmente, hace referencia al gas natural) pueden percibir por parte del cliente con el concepto de prestar el suministro. Tal y cómo indicamos al principio del artículo, podría aplicar tanto a un contrato nuevo, como a uno ya existente.
En el caso de que estemos hablando de un servicio ya existente, dentro del mismo podríamos estar hablando del abono de los derechos por servicios de enganche y verificación de las instalaciones ya existentes.
Dentro de estos derechos de alta se incluyen acciones como las siguientes:
Cuando ya conoces la respuesta de qué son los derechos de alta y acometida, es muy posible que te preguntes por cuáles son sus precios. Lo cierto es que el precio de los derechos de alta está regulado por cada Comunidad Autónoma. Consulta una tabla oficial y actualizada para conocer el coste que corresponda.
Dentro de los derechos de acometida podemos encontrar un total de 4 tipologías diferentes que se clasifican en función de diferentes factores (de la tensión de la instalación, del tipo de acometida o de si la conexión necesita tener una serie de componentes). También podría darse el caso de que no sea necesario pagar todos los derechos de acometida.
Ahora ya conoces qué son los derechos de alta y acometiday su principal razón de ser.
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